Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Quiénes son pensionistas?

Pensionistas son el personal militar o civil que hayan cumplido con el tiempo de servicio requerido para ser beneficiado con una pensión, y en caso de fallecimiento del titular, la viuda y sus hijos tendrán los derechos que les corresponden por ley.

¿Cuáles son los conceptos que OPREFA tiene a cargo para generar planilla?

  • Pensión por terrorismo, para las personas que se encuentren bajo la LEY N° 30683.
  • Bonificación otorgada a los Defensores de la patria, bajo la LEY N° 26511.
  • Escolaridad, aguinaldo de fiestas patrias y aguinaldo de Navidad, para todos los pensionistas de las Fuerzas Armadas.
  • Subsidio póstumo y Subsidio por invalidez, Bajo el Decreto Supremo 293-2016-EF.
  • Asignación Especial al Personal Militar de las FF.AA, bajo el Decreto de Urgencia 016-2012/LEY 28254.
  • Asignación al Personal Militar de las FF.AA, bajo la LEY 29465.
  • Racionamiento, bajo el Decreto Supremo 040-2003.
  • Vacaciones

¿Cómo puedo visualizar mis boletas de pago?

Para obtener las boletas de pago se debe ingresar al portal de sistema de pensiones mediante la página web https://sispen.oprefa.gob.pe

¿Cómo obtener mi usuario y contraseña para el ingreso al portal?

Enviar un correo a digeprev_orienta@mindef.gob.pe con sus datos personales y su número de DNI, solicitando la habilitación para el acceso, luego de ello se le emitirá una respuesta brindándole su usuario y contraseña, una vez obtenida esta información podrá acceder al portal.

¿Se debe conservar la contraseña que se me brindó por primera vez para el acceso al portal?

Por seguridad el usuario deberá cambiarla, eligiendo una nueva clave segura y personal de 8 dígitos.

¿Qué debo realizar cuando el acceso para verificar mi boleta de pago está bloqueada?

Si ya tiene un correo registrado en el portal, debe dirigirse a la opción OLVIDÉ MI CONTRASEÑA, luego ingrese su número de DNI para luego validarlo. El sistema le enviará un correo con una nueva contraseña.

¿Qué sucede si a pesar que se me envió una nueva contraseña el acceso para verificar mi boleta de pago sigue bloqueada?

Si aún persiste este inconveniente debe enviar un correo a digeprev_orienta@mindef.gob.pe o comunicarse al número 209 8530 Anexo 4421.

¿A qué se denomina un devengado?

Son Abonos pendientes de pago correspondientes a años anteriores.

¿A qué se denomina un reintegro?

Son abonos pendientes de pago correspondiente del año fiscal vigente.

¿OPREFA se encarga de emitir resoluciones directorales o de entregar copias de las mismas?

Las únicas entidades autorizadas para emitir estos documentos y/o entregar copias son los institutos armados. (Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú).

¿OPREFA se encarga del reconocimiento de derechos pensionarios y/u otros beneficiarios?

No, los únicos que otorgan el reconocimiento para los derechos pensionarios para el titular y beneficiarios son las Instituciones Armadas como: Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú.

¿Qué documentos necesito para realizar un cambio de cuenta?

  • Constancia de NO ADEUDO, con una vigencia máxima de dos meses (siempre y cuando sea un banco diferente).
  • Voucher de la cuenta bancaria.
  • Copia de DNI.

¿Qué documentos necesito para realizar un trámite de reintegro o devengado?

Para devengados:
  • Copia de resolución de devengados (Con los años y meses respectivos).
  • Voucher del banco.
Para reintegros:
  • Copia de resolución de reintegro (Indicando los meses a pagar).
  • Voucher del banco.

¿Qué documentos necesito para realizar la actualización de datos de la cuenta bancaria?

  • Copia de resolución u otorgamiento de bonificación.
  • Voucher del banco.
  • Copia de DNI.

¿Qué documentos necesito para la apertura de una cuenta en el banco de la Nación?

  • Copia de resolución u otorgamiento de bonificación.
  • Voucher del banco.
  • Constancia de NO ADEUDO, con una vigencia máxima de dos meses (siempre y cuando sea un banco diferente).

¿Qué documentos necesito para el reconocimiento de Asignación Judicial?

  • Oficio de la demanda en el que contenga el número del expediente y código de expediente.
  • Copia de la sentencia que otorga la asignación anticipada de alimentos.
  • Copia de DNI de la Beneficiaria.

Si ninguno e los trámites expuestos en la página web son los que voy a realizar. ¿A dónde debo comunicarme?

Los números de atención son:
Teléfono: 209-8530 Anexo 4421
Móvil: 975 006 516
Correo: digeprev_orienta@mindef.gob.pe
digeprev_orientacion@mindef.gob.pe

¿Mi descuento judicial abarca a todos mis conceptos que percibo?

Está en función a la sentencia judicial emitida por el juzgado de paz.

¿Cuáles son los canales de atención de la Oficina Previsional de la Fuerzas Armadas?

La Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas actualmente cuenta con diversos canales de atención a fin de poder brindar orientación e información a nuestros pensionistas, por lo que vía telefónica y/o whatsapp podrá comunicarse al 975006516, vía electrónica al correo orientación@oprefa.gob.pe; así como a través de nuestro Fan Page Facebook “Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas”, a los cuales deberán brindar datos más relevantes a fin de poder verificar el estado de su trámite y brindarle una mejor orientación.

Soy pensionista de Régimen MONTEPÍO ¿Cómo puedo hacer el seguimiento respecto al trámite de algún beneficio pensionario que se me ha otorgado (pensión, subsidio, gasto de luto y/o sepelio)?

Para poder obtener información de su trámite es necesario cuente con el número de Oficio y fecha a través del cual el Instituto Armado remitió a la Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas sus documentos (planilla, expediente y/o resolución), debiendo precisar esos datos al Área de Orientación al pensionista; en caso no cuente con los referidos datos es indispensable tener la resolución a través del cual se le otorgó el beneficio previsional (pensión, subsidio, gasto de luto y/o sepelio); a fin de poder orientarlo de manera más precisa sobre el estado de su trámite.

¿Cuánto demora el proceso de pago de una pensión de sobreviviente (viudez u orfandad)?

La Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, tiene como prioridad el abono de la pensión de sobrevivientes al tratarse de un beneficio de imperiosa necesidad al pensionista cuyo titular acaba de fallecer, por lo que el pago mensual es programado dependiendo de la fecha de envió de la documentación por parte del Instituto Armado, que de no encontrarse observaciones se procede a la inclusión en la planilla correspondiente. Sin embargo, respecto al abono de los conceptos de devengados y reintegros generados, se requiere previamente la aprobación de disponibilidad presupuestal al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través del Registro del pensionista en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP).

¿Cómo puedo visualizar mis boletas e pago? (Pensionista MONTEPÍO y beneficios no pensionables de CPMP)

Si usted desea visualizar sus boletas debe ingresar al portal web del sistema de pensiones a través de https://sispen.oprefa.gob.pe, luego deberá llenar los campos de: Usuario (Número de DNI), contraseña que por defecto es “A123456Z”, luego en hacer click en ingresar; en la nueva ventana podrá visualizar e imprimir la boleta indicando el mes y año que usted requiera.

Soy pensionista de CPMP, ¿Qué trámite se requiere para solicitar el pago de mis beneficios no pensionables (escolaridad, aguinaldo del mes mes de julio y/o gratificaciones por navidad?

Desde el mes de octubre 2019, en coordinación con los Institutos Armados y la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), se determinó que los expedientes administrativos de los pensionistas cuya entidad pagadora de pensión es la Caja de Pensiones Militar Policial serán remitido directamente a la OPREFA-MINDEF a fin de ser registrados ante el MEF en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), por lo que al ser recepcionado el expediente administrativo la OPREFA se encarga de solicitar el respectivo registro y la remisión de expediente a la CPMP; asimismo consolida los abonos respecto a los beneficios no pensionables; por lo que no es necesario la presentación de solicitud alguna de parte del pensionista para dicho abono.

Una vez remitido mi expediente a la Caja de Pensiones Militar ¿A dónde debo comunicarme para solicitar mi reclamo de mi pago de pensión?

Si la entidad pagadora de su pensión es la Caja de Pensiones Militar Policial, la OPREFA-MINDEF, realiza el envió de su expediente administrativo previa solicitud de registro en el AIRHSP, por lo que una vez remitido su expediente y para conocer respecto al abono de su pensión deberá comunicarse directamente a los numero de atención de CPMP (01)6346300 (Teléfono Fijo CPMP), allí le proporcionará información sobre su trámite y/o pago respectivo.

¿Cuánto demora el proceso de pago de descuento judicial por alimentos?

Ello dependerá de la recepción y/o notificación de parte del organismo jurisdiccional a la OPREFA-MINDEF, por lo que una vez notificados con el mandato judicial respectivo se procede a gestionar los abonos en la planilla correspondiente.

Soy Defensor de la Patria, mientras estaba en situación militar de actividad, mi instituto me abonaba la bonificación que por ley me corresponde, al pasar l retiro se me ha dejado de pagar

Este problema se está presentando en el personal militar que pasó al retiro en el mes de Diciembre de los años 2018 y 2019. Mientras usted estuvo en actividad, su Instituto le abonaba la bonificación, al pasar al retiro le corresponde a la Dirección General Previsional el abonarle dicho concepto. Al momento de procesar las planillas de pago, estas han sido rechazadas por el MEF en vista que usted no cuenta con un Registro Personal en el AIRHSP para dicho concepto, al parecer, su Instituto en su momento no realizo la gestión en el MEF para abrirle este Registro. En Diciembre del 2018 se publicó en el Diario Oficial el Peruano una norma que disponía que solo le corresponde el pago de la bonificación a quienes con fecha 06 de Diciembre del 2018 se encontraban registrados como beneficiarios de este concepto en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico (AIRHSP). Se están efectuando las gestiones en el MEF, por lo que a fin de regularizar el pago debe de presentar a la Dirección General Previsional la Resolución del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas con lo que se le reconoce como Defensor de la Patria; la Resolución de la Jefatura de Derechos de Personal del Ejercito con lo que se le reconoce el derecho a percibir la bonificación como Defensor de la Patria y las ultimas 24 Boletas de Pago de Remuneración (cuando se encontraba en Actividad), donde conste que su Instituto le abonaba la Bonificación en mención.

Soy Defensor de la Patria, he gestionado el pago de la bonificación que me corresponde y hasta la fecha no se me paga

Si no se le abona, es posible que sea porque no cuenta con un Registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico (AIRHSP). En el año 2018, se solicitó el pronunciamiento a la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos al respecto, los mismos que han manifestado que debe de darse cumplimiento a lo dispuesto en la Centésima Cuadragésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879 la misma que preceptúa: CENTÉSIMA CUADRAGÉSIMA. Precisase que el personal calificado a que se hace referencia en la Ley 24053, Denominan “Campaña Militar de 1941”, a los gloriosos hechos de armas cumplidos en Zarumilla y en la Frontera Nor Oriente; y declaran el 31 de Julio Día Central Conmemorativo, percibe una única bonificación equivalente a S/. 2,550.00 (DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES), mensuales, con carácter vitalicio e intransferible; monto que no es reajustable o indexable. Los únicos beneficiarios son los registrados en el Aplicativo Informático de la Planilla Única de Pago del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas a la fecha de publicación de la presente Ley. La implementación de la presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior. Pronunciamiento que ha sido ratificado el presente año por la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del MEF en el sentido que “…la Bonificación Mensual de S/. 2,550.00 es de aplicación solo al personal calificado a que se hace referencia en la Ley Nº 24053, que al 06 de Diciembre del 2018 se encontraban registrados en el AIRHSP.”
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